El Tribunal General de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha decidido anular la prohibición sobre los preparados de aloe vera que contienen derivados hidroxiantracénicos (DAH), sustancias presentes de forma natural en diversas plantas como el aloe. Esta decisión surge tras un proceso iniciado por la Comisión Europea, que solicitó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) una evaluación sobre la seguridad de los DAH en las fuentes alimentarias.

aloe vera
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En su informe, la EFSA planteó dudas sobre la seguridad de los extractos que incluyen estas sustancias, aunque reconoció que persistía cierta incertidumbre. Además, no se aportaron indicaciones sobre ingestas diarias seguras que no supusieran riesgos para la salud.

Ante estas conclusiones, la Comisión Europea emitió un Reglamento (UE) 2021/468) que prohibía la comercialización de sustancias como la aloe-emodina, la emodina, el dantrón, y cualquier preparado derivado de especies de Aloe que incluyeran DAH. Diversas compañías y asociaciones del sector de complementos alimenticios impugnaron el reglamento, argumentando que la Comisión se había extralimitado en su capacidad legislativa y señalando que violó el principio de seguridad jurídica al intentar regular «preparados» en lugar de sólo «sustancias» o «ingredientes».

El TJUE ha respaldado las alegaciones de los demandantes, afirmando que la prohibición no estaba debidamente fundamentada, ya que no existían datos concluyentes sobre las cantidades de DAH que podrían considerarse seguras para el consumo humano.

La sentencia publicada el pasado 13 de noviembre declara que los preparados de Aloe Vera que contienen estas sustancias, incluidos aquellos con aloe-emodina o emodina, vuelven a estar autorizados en la Unión Europea.

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